establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del domingo 5 de enero de 2025, hasta las 6:00 p.m. del miércoles 19 de febrero de 2025.

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Gaceta: 6 enero 2025 PODER EJECUTIVO, Decreto Ejecutivo Número PCM 03-2025, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales
- enero 7, 2025
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